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Arranca el diálogo social para regular el teletrabajo

09 julio 2020 | Por

Arranca el diálogo social para regular el teletrabajo

El teletrabajo ha llegado para quedarse. No solo ha sido un recurso más para frenar los contagios por COVID-19, sino que se apunta como una modalidad laboral de futuro. El diálogo social sobre su regulación no ha hecho más que empezar.

La necesidad de acordar un marco laboral que garantice los derechos de las persona trabajadoras empleadas a distancia y delimite con claridad algunas aspectos esenciales ha llevado al Ministerio de Trabajo a elaborar un anteproyecto de ley que sirva como punto de partida del diálogo social entre sindicatos y patronal.

La pandemia ha disparado el recurso a esta modalidad de trabajo. Si en 2019, tan solo un 4,8% de los ocupados utilizaba esta fórmula, durante el confinamiento el porcentaje se ha incrementado hasta el 34% del total ,según un estudio realizado por IvieLab, del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas, con datos del INE.

En Países Bajos, Finlandia y Luxemburgo, el teletrabajo en 2019 afectaba ya al 14,1% de los trabajadores de los primeros países citados y al 11,6% del tercero. En la Unión Europea, la media de trabajadores bajo esta modalidad era del 5,3%.

Las posibilidades de teletrabajar varían en España según la ocupación. Las personas en puestos directivos han tenido esa posibilidad en el 100% de los casos. Entre los técnicos y profesionales, el 60% ha tenido esa posibilidad. Las personas que desarrollan tareas manuales o se emplean en la industria solo pueden recurrir al teletrabajo en el 3% de los casos. El total de empleados de todos los ámbitos que no tienen opción al teletrabajo representa el 45,3% de ocupados.

Cronología

El 25 de junio apareció en prensa el anteproyecto de ley de trabajo a distancia remitido a los agentes sociales, que según su redacción, seguía el Acuerdo europeo sobre teletrabajo a distancia de 2002. En la exposición de motivos se explica que ha sido “el mecanismo más eficaz para asegurar el mantenimiento de la actividad durante la pandemia y para garantizar la prevención frente al contagio”, aunque aclara que probablemente no será una modalidad “peculiar” a partir de ahora. De hecho, desde la implantación del estado de alarma ha sido constante la recomendación del ejecutivo a las empresas de recurrir al teletrabajo.

Durante la interlocución constante que el Gobierno ha mantenido con sindicatos y empresarios, en pleno estado de alarma, la regulación del trabajo a distancia fue motivo de consultas, si bien, a tenor de las declaraciones de los agentes sociales, sus puntos de vista no fueron tenidos en cuenta en la primera redacción del anteproyecto.

El 26 de mayo UGT elaboró su propio informe sobre la situación del trabajo a distancia en España, recogiendo la situación derivada de la pandemia, con algunas de sus propuestas. Aunque los interlocutores sociales han ido emitiendo declaraciones y opiniones sobre la urgencia de determinar las condiciones de esta modalidad laboral, no fue hasta el 8 de julio cuando tuvo lugar, en el Ministerio de Trabajo, el inicio del diálogo social en torno a esta cuestión.

Posiciones de partida

La secretaria de Acción Sindical de CCOO, Mari Cruz Vicente, declaró al término de la primera toma de contacto que el anteproyecto “es necesario, en un momento en el que estamos influenciados por la pandemia y en el que, por tanto, el trabajo a distancia puede tener una importancia mayor”. Para UGT, el teletrabajo debe regularse como un derecho “a través del diálogo social”, si bien, critica que el anteproyecto del gobierno no hubiera sido negociado antes de su presentación.

El comunicado de la patronal también denunciaba con dureza la elaboración del anteproyecto, “al margen del diálogo social orillando la necesaria implicación y participación de los interlocutores sociales en la vida económica y social del país”. Sus críticas no acaban ahí, sino que también abarcan el contenido del borrador, del que se dice es “un texto desequilibrado, de enfoque errático, apartado de la realidad del tejido productivo y de las necesidades de empresas y trabajadores, que lejos de fomentar con garantías la utilización de esta forma de organización del trabajo podría desincentivar su implantación en España y ralentizar su consolidación”.

El anteproyecto gubernamental de casi 20 páginas, detalla que la empresa correrá “en su totalidad” con los gastos en los que incurre el trabajador empleado en su casa, establece el “derecho al horario flexible”, de modo que la persona trabajadora pueda alterar su jornada, con límites en la normativa sobre tiempo de trabajo y previo pacto con la empresa.

También recoge el derecho a la desconexión y la intimidad e insiste en la necesidad de establecer retribuciones equitativas con respecto al personal del centro de trabajo y en adaptar las medidas de prevención y seguridad laboral en el domicilio de las personas empleadas.

La voluntariedad a acogerse a esta modalidad laboral, que puede ser reversible, también aparece en el texto. Será necesario un acuerdo entre el empleado y el empresario que deberá plasmarse por escrito y que debe recoger el material necesario para el desempeño de las tareas encomendadas, así como un mecanismo de compensación de los gastos.

Dada la experiencia y con vistas al futuro, se determina que cuando haya razones de fuerza mayor, incluida la atención a un familia, que impidan realizar la actividad laboral de forma ordinaria en la empresa, las compañías estarán obligadas a desplegar el trabajo a distancia, siempre que “sea técnica y razonablemente posible”.

Claves de la negociación

Para CCOO, son clave asegurar la voluntariedad y la reversibilidad del trabajo a distancia, y que este teletrabajo se compatibilice con horas de trabajo presencial. En su documento, Orientaciones para la regulación del teletrabajo en la negociación colectiva, de julio de 2020, se propone vetar esta modalidad de trabajo en algunos casos, como en los contratos en prácticas y formativos y en los casos en que se “trata de externalizar mediante contratos de prestación de servicios” la actividad de la plantilla. Igualmente, propone impedir por ley “la puesta a disposición de trabajadores de ETT para actividades en modalidad de teletrabajo, que además impediría el control de la prevención de riesgos laborales entre otras cuestiones”.

UGT insiste en la necesidad de “impedir que esta forma de organización del trabajo se convierta en una nueva forma de explotación laboral y asegurar que el teletrabajo sea un derecho generalizado para todos los trabajadores no vinculado exclusivamente a la conciliación o los cuidados, ya que eso podría convertirlo en una herramienta de discriminación laboral”.

Para este sindicato, según su documento El teletrabajo en la encrucijada. Análisis y propuestas“hace falta algo más que voluntad negociadora” para regular adecuadamente esta modalidad laboral: “es preciso un cambio profundo de mentalidad y de concepción de la prestación laboral”, que pasa por “una reversión del presencialismo y del trabajo sin objetivos prefijados”: el Teletrabajo implica un cambio en la forma y modo en la que se organiza el trabajo. Además, aclara que la negociación colectiva sobre este material es todavía “algo tímida e infantil”.

Para la CEOE y CEPYME, la regulación debería convertirse en un marco  adecuado para “aumentar la productividad de las empresas, mejorando al mismo tiempo la situación de los trabajadores, la conciliación familiar, y la capacidad de adaptación a las demandas de la nueva economía”, tal como se recoge en el Acuerdo para la Reactivación Económica y el Empleo alcanzado la pasada semana por el Gobierno de la nación y los interlocutores sociales.

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