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El mercado y los derechos vitales de las personas

20 agosto 2015 | Por

El mercado y los derechos vitales de las personas

Francisco Porcar | El Consejo Constitucional francés ha establecido que ningún proveedor de agua potable podrá cortar el suministro de una vivienda principal, incluso si no se han pagado las facturas. Todas las empresas deben acatar esta sentencia que ratifica una Ley aprobada en 2013 que contempla esa prohibición.

Con esta resolución el Consejo Constitucional ha rechazado la pretensión de la empresa Saur (la tercer mayor multinacional de suministro de agua en Francia), que alegaba que la Ley de 2013 viola su «libertad de celebrar contratos» y su «libertad de hacer negocios». Saur presentó una demanda contra la Ley de 2013 porque un cliente la denunció por haberle cortado durante 20 meses el suministro de agua por una deuda de 218 euros. Desde que se promulgó la Ley en 2013, las tres principales multinacionales de suministro de agua en Francia (Suez, Veolia y Saur) han sido llevadas a los tribunales para obligarlas a cesar los cortes de suministro como forma de cobrar las facturas.

El abogado de Saur argumentó ante el Consejo Constitucional que los cortes de suministro son necesarios «para que la empresa pueda proporcionar unas tarifas más bajas y un servicio de mayor calidad». Pero, sobre todo, que «puesto que el derecho al agua no existe en Francia, la relación entre el proveedor del servicio y el usuario se rige por el derecho privado y la relación contractual es vinculante». Por su parte, el abogado del usuario argumentó que no se debe aplicar la ley contractual, pues el usuario no tiene la posibilidad real de elegir entre diferentes proveedores, ni puede negociar los términos o el precio del contrato: «Saur prefiere utilizar el privilegio de una posición dominante como proveedor en régimen de monopolio de un servicio que resulta esencial para la vida». El Consejo Constitucional ha ratificado este hecho.

Desde la Internacional de Servicios Públicos se ha subrayado la importancia de esta sentencia: «Esta es una decisión fundamental que aclara las responsabilidades con respecto a los servicios públicos de los proveedores privados de suministro de agua. El abogado de Saur se mostró muy claro, reiterando por tres veces que en Francia no existe el derecho al agua. Como sabemos, el interés corporativo es únicamente maximizar los beneficios. Esta decisión es una prueba de que podemos y debemos responsabilizar a las grandes empresas, sobre todo cuando se trata de prestar servicios públicos esenciales».

En efecto, la resolución del Consejo Constitucional francés muestra claramente que frente a la pretensión de mercantilizarlo todo, de que las relaciones sociales se rijan por la lógica mercantil, las leyes pueden proteger efectivamente los derechos vitales de las personas. Es algo que solo depende de la voluntad política de reconocer y hacer respetar el derecho a la vida digna de las personas. Igual que en este caso debería actuarse en otros básicos para la vida de las personas como la energía, la vivienda…

Pero si de la situación europea pasamos a mirar la situación en el mundo, sobre todo la de los más pobres, el asunto cobra su verdadera dimensión y, entonces, se ve con mucha mayor claridad, lo extremadamente grave que es, en palabras del papa Francisco, «la tendencia a privatizar este recurso escaso, convertido en mercancía que se regula por las leyes del mercado. En realidad, el acceso al agua potable y segura es un derecho humano básico, fundamental y universal, porque determina la sobrevivencia de las personas y por lo tanto es condición para el ejercicio de los demás derechos humanos. Este mundo tiene una grave deuda social con los pobres que no tienen acceso al agua potable, porque eso es negarles el derecho a la vida radicado en su dignidad inalienable»Laudato si’», 30).

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